Los primeros 84 Viñedos Singulares de Rioja: 43 en Rioja Alavesa, 31 en Alta y 10 en Oriental
Se trata de viñedos integrados por una varias parcelas catastrales, con características agrogeológicas y climatológicas propias y uniformes que los diferencian y distinguen de otros de su entorno, de los que se obtienen vinos con rasgos y cualidades singulares
El BOE ha publicado el reconocimiento por parte del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de los primeros 84 Viñedos Singulares de Rioja. Cabe destacar, que más de la mitad de los terrenos se encuentran en La Rioja Alavesa, en concreto 43. Además, 31 de ellos están en Rioja Alta y 10 en Rioja Oriental.
Esta evolución de la certificación, que comenzaba el siglo pasado identificando aquellos vinos procedentes de la Denominación, llega ahora a concretar la trazabilidad hasta poner el foco en pequeños parajes o sitios rurales: Viñedos Singulares. Integrados por una varias parcelas catastrales, con características agrogeológicas y climatológicas propias y uniformes que los diferencian y distinguen de otros de su entorno, de los que se obtienen vinos con rasgos y cualidades singulares.
El vino será evaluado dos veces, recién se haya elaborado y justo antes de su comercialización, siendo que en este momento debería ser considerado como excelente por la mayoría de los catadores que lo evalúen.
Las contraetiquetas que garantizarán estos vinos incluirán, certificando todos estos extremos, la mención «Viñedo Singular», que permitirá que los consumidores sepan que todas las características descritas están certificadas por el Consejo Regulador.
Se combinan así requisitos cualitativos y trazabilidad geográfica, que van a enriquecer el sobresaliente elenco de vinos de ensamblaje que fundamentan la reputación de Rioja.
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¿Qué debe cumplir un viñedo singular?
Puede comprender una sola o varias parcelas catastrales.
La edad mínima del viñedo serán 35 años.
La producción máxima admitida por hectárea serán 5.000 kg/ha para las uvas tintas y 6.922 kg/ha para las variedades blancas, mientras que el rendimiento de transformación uva – vino no superara el 65%.
Las prácticas de cultivo deben estar orientadas a la sostenibilidad y al respeto al medio ambiente. Deberá ser un viñedo equilibrado y de vigor limitado, en el que solo se admitirá un único despunte, salvo excepción autorizada expresamente por el Consejo Regulador. Durante el período de maduración de la uva, el crecimiento de la vegetación debe estar totalmente paralizado.
La vendimia, cuyo inicio deberá comunicarse al Consejo, deberá ser manual. Las técnicas utilizadas en el transporte y la manipulación de la uva, el prensado, el control de la fermentación, las prácticas enológicas durante todo el proceso de vinificación y la crianza del vino, en su caso, tenderán a obtener vinos de la máxima calidad.
El vino se elaborará con uva procedente exclusivamente de parcela o parcelas que constituyan el «Viñedo Singular».
El vino se elaborará y embotellará por las personas físicas o jurídicas con instalaciones de elaboración y embotellado inscritas a su titularidad en la Denominación de Origen Calificada ‘Rioja’, que acrediten por cualquier título jurídico válido en derecho disponer en exclusiva de la producción resultante del «Viñedo Singular» por un periodo mínimo de 10 años de forma ininterrumpida.
La elaboración, crianza, almacenamiento y embotellado dentro de la misma bodega
Deberán superar el cumplimiento de los diferentes requisitos establecidos tanto en el control documental como el control físico (comunicación previa de la bodega al Consejo Regulador, calificación por separado y verificación posterior, trazabilidad, aforo específico y control de todos sus movimientos, etc.).
Los vinos elaborados serán sometidos a una doble evaluación cualitativa, la calificación inicial y otra valoración previa a la salida al mercado, que en este último caso deberá ser excelente en el análisis organoléptico realizado conforme a la Instrucción Técnica de Verificación del «Viñedo Singular».
Respecto al etiquetado, la mención «Viñedo Singular» aparecerá debajo del nombre registrado como marca, con caracteres de tamaño, grosor y color equivalentes como máximo a los utilizados para indicar el nombre de la Denominación Rioja.
El término «Viñedo Singular» figurará obligatoriamente en todas las etiquetas que porte la botella, o en todos los campos visuales si se trata de una etiqueta continua. Se ubicará inmediatamente debajo del nombre del «Viñedo Singular» registrado como marca, con caracteres de tamaño, grosor y color equivalentes como máximo a los utilizados para indicar el nombre de la Denominación Rioja.
El titular de la marca deberá presentar una declaración de compromiso relativo al uso exclusivo de la misma en vinos acogidos a la Denominación de Origen Calificada
No se permitirán embotellados por encargo en los casos de vinos procedentes de viñedos singulares.
Las botellas portarán contraetiquetas o precintas específicas que incluirán la mención «Viñedo Singular».
«Rioja siempre se ha distinguido por su carácter pionero desde que en 1924 los precursores de la Denominación demandaron a las autoridades públicas una forma de poder diferenciar sus vinos en el mercado», explica el Consejo Regulador en una nota.
Fue entonces cuando, por primera vez en España y unos años antes de que se reconocieran las primeras Denominaciones de Origen, se aprobó un sello que permitía certificar los vinos de Rioja y el control de los mismos, para lo cual se delimitó su zona de producción, se configuró su primer Consejo Regulador y se publicó, en 1928, su primer Reglamento.
Culmina así un proceso que tuvo su punto de partida a mediados de 2017 cuando se resolvió añadir al Pliego de Condiciones de la Denominación de Origen Calificada Rioja la posibilidad de identificar un origen más específico para ciertos vinos, que tiene el valor de ser certificado por el Consejo Regulador. Se definieron así como vinos procedentes de viñedos con más de 35 años de edad y cuyos rendimientos no sobrepasan, de manera natural y en virtud de su vigor limitado, 5.000 kgs. por hectárea en el caso de variedades tintas y 6.922 kgs. por hectárea en variedades blancas. A su vez su transformación se limita a 65 litros por cada 100 kgs. de uva, su cultivo es respetuoso con el medio ambiente y su vendimia manual.
A finales del año pasado, 50 titulares impulsaron los 84 proyectos que ahora se reconocen, representativos de 154 hectáreas, que a buen seguro no van a ser los últimos.
El presidente del Consejo Regulador, Fernando Salamero, ha destacado «cómo Rioja sigue estando a la altura de las Denominaciones más prestigiosas del mundo y demostrando su orientación al mercado y su permanente respuesta a las inquietudes y expectativas de los consumidores, profesionales, prescriptores y productores». Ha afirmado «cómo el estandarte de los vinos de calidad marcará una senda que seguro van a recorrer también otras regiones».
El presidente ha subrayado «cómo este hito compensa el esfuerzo del sector en estos últimos años, para seguir incrementando el fondo de comercio de una Denominación, única, singular, reconocida y mundialmente respetada».